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Caza menor deportiva: Difundieron los requisitos de la práctica

Caza menor deportiva: Difundieron los requisitos de la práctica

El Comando de Prevención Rural informó cual es la documentación que debe tener disponible quien realice la actividad.

Caza deportiva

En virtud de encontrarse habilitada hasta el 30 de julio la temporada de caza menor deportiva, el Comando de Prevención Rural de General Madariaga comunicó cuáles son los requisitos y la documentación que debe poseer quien realice la actividad.
 
Los controles se desarrollan periódicamente y en ellos se exige: licencia de caza deportiva, DNI, autorización por parte de la autoridad correspondiente para la tenencia del arma que se utilice y, en caso de desarrollar la práctica dentro de un campo, también comprueban que posean el permiso (por escrito) de los encargados o responsables.
 
Es importante remarcar que las  armas  autorizadas  para  la  práctica  de  la  caza  deportiva menor son: escopeta de cañón liso cargado con cartuchos a perdigones y con aquellas que disparen munición calibre 22.
 
La distancia mínima establecida es de trescientos (300) metros con arma que dispare perdigones y de mil quinientos (1500) metros con arma que dispare balas.
 
Dentro de las disposiciones se especifica las especies y la cantidad permitida: 

  • Pato barcino o maicero (Anas georgica), Pato barcino chico (Anas flavirostris), Pato cuchara (Anas platalea), Pato picazo (Netta peposaca) y Pato viuda o silbón de cara blanca (Dendrocygna viduata), hasta un total de siete patos, cualquiera sea la especie, por cazador y por día. 
  • Liebre europea (Lepus europaeus) hasta diez liebres por día y por cazador,
  • Perdiz chica (Nothura maculosa) hasta seis perdices por día y por cazador.
 
Ante cualquier duda o consulta, las autoridades del CPR recomiendan que se acerquen a comprobar la documentación a la oficina ubicada camino a Juancho (1,5 kilómetros luego de la bajada de Ruta 74).
 
 
 


 
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