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La ANMAT prohibió la venta de un aceite de oliva, una crema untable y un producto médico

La ANMAT prohibió la venta de un aceite de oliva, una crema untable y un producto médico

Las medidas se publicaron este lunes en el Boletín Oficial. Enterate en esta nota qué productos deben quedar fuera de la comercialización.

aceite

Foto ilustrativa.


La Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (ANMAT) prohibió la comercialización de tres productos. Los hizo a través de disposiciones que se publicaron hoy lunes en el Boletín Oficial.

 

Por medio de la disposición 4296/2018, se  prohibió la venta de la "Crema untable de almendras sin gluten, marca: Crudencio, fecha de envasado: 06/2017, vencimiento: 8 meses, elaborado por Crudencio, peso neto 100gr".

 

"El producto se halla en infracción al artículo 3° de la Ley 18284, al artículo 3° del Anexo II del Decreto 2126/71 y a los artículos 13 y 155, del CAA por carecer de RNE y RNPA, resultando ser un producto ilegal", explicó el organismo.

 

Asimismo  y por la disposición 4297/2018, la ANMAT levantó la venta del producto "Aceite de oliva extra virgen, primer prensado en frio, marca: Estancia Tomás, peso neto 500ml, elaborado por Estancia Tomás, Tunuyán, provincia de Mendoza, RPE N°02066107; RNPA N°02345866, así como de todo alimento del RPE citado".

 

"El producto se halla en infracción al artículo 3° de la Ley 18284, al artículo 3° del Anexo II del Decreto 2126/71 y a los artículos 6 bis, 13, 155, por carecer de autorizaciones de establecimiento y de producto y consignar números de registro de producto y establecimiento inexistentes, resultando ser un alimento falsamente rotulado y en consecuencia ilegal", amplió el ente regulatorio.

 

Por último también se  impidió el uso, la comercialización y la distribución de la "Bomba para infusión enteral, marca APPLIX, modelo APPLIX SMART, serie Nº 20070559". En este caso, la medida se adoptó luego de que la firma FRESENIUS KABI S.A. denunciara el extravío del artículo ante las autoridades policiales de la localidad bonaerense de Isidro Casanova, partido de La Matanza. La Dirección de Vigilancia de Productos para la Salud sugirió tomar la decisión "a fin de proteger a eventuales adquirentes y usuarios del producto involucrado, toda vez que se trata de una unidad extraviada e individualizada".


 
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