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Habrá duras penas para quienes conduzcan alcoholizados por la modificación a la Ley de Tránsito

Habrá duras penas para quienes conduzcan alcoholizados por la modificación a la Ley de Tránsito

La retención de la licencia para quienes circulen con una tasa mayor a la permitida será de 6 a 18 meses. Además, deberán abonar la multa correspondiente.

Controles de alcoholemia

(© División Prensa 2018) - El Senado y la Cámara de Diputados de la provincia sancionaron una modificación de la Ley 13.927, a través de la Ley 15.002, referida al código de tránsito que establece entre otras cuestiones, el aumento de las sanciones para quienes conduzcan con mayor grado del permitido de alcohol en sangre.
 
Desde el Ejecutivo explicaron que, si bien aún no está vigente, se prevé que quede reglamentada en breve y es por eso que creen pertinente comunicar a los vecinos que la retención de la licencia de conducir irá desde los 6 meses y hasta los 18.
 
Cabe mencionar que la inhabilitación será aplicada conjuntamente con la sanción de multa correspondiente. 
 
Será de 6 meses para el infractor que conduzca con una alcoholemia superior a quinientos (500) miligramos y hasta novecientos noventa y nueve (999) miligramos por litro de sangre.
 
De 12 meses para el caso de que el infractor conduzca con una alcoholemia superior a mil (1.000) miligramos por litro de sangre, hasta mil quinientos (1.500) miligramos por litro de sangre.
 
Y de 18 meses para el caso de aquel que conduzca con una alcoholemia superior a los mil quinientos (1.500) miligramos por litro de sangre.
 
Es importante recordar que solo se permite hasta 0,5 de miligramos de alcohol por litro de sangre en conductores de auto, 0,2 en caso de moto y 0 de tolerancia para los conductores de transportes públicos.


 
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