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Veda electoral: entérate cuáles son las prohibiciones que establece el Código Electoral

Veda electoral: entérate cuáles son las prohibiciones que establece el Código Electoral

Algunas de ellas comenzarán a partir de mañana viernes 20 desde las 8 y otras regirán desde las 0 horas del domingo y hasta que finalice el día.

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Foto ilustrativa.


El próximo domingo son las elecciones legislativas en nuestro país y para asegurar el normal desarrollo de los comicios, el Código Electoral Nacional establece distintas prohibiciones que se implementarán a partir de mañana viernes.
 
A continuación se detallan las principales acciones a tener en cuenta:
 
Cuarenta y ocho horas antes y hasta el cierre del acto electoral se prohíbe:
- Realizar actos públicos de proselitismo.
- La emisión y publicación de avisos publicitarios en medios televisivos, radiales y gráficos con el fin de promover la captación del voto del elector.
- La publicación en medios de comunicación -sean estos audiovisuales, de radiodifusión, gráficos, u otros- de resultados de encuestas, sondeos de opinión, pronósticos electorales, así como la referencia a sus datos.
 
 Doce horas antes y tres horas después de finalizado el acto electoral se prohíbe:
- La portación de armas, el uso de banderas, divisas u otros distintivos.
- Tener abiertas las casas destinadas al expendió de cualquier clase de bebidas alcohólicas.
- A partir de las 00. Los boliches deben estar cerrados. En los bares o restaurantes tampoco se pueden vender bebidas alcohólicas.
 
Durante el acto electoral y hasta tres horas después de su finalización se prohíben:
- Los espectáculos populares al aire libre.
- Los espectáculos populares en recintos cerrados.
- Las fiestas teatrales y deportivas.
- Toda clase de reunión pública que no se refiera al acto electoral.
- Publicar o difundir encuestas y proyecciones sobre el resultado de la elección.
 


 
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