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Se realizan controles para supervisar que se respete la ordenanza que regula la venta y uso de pirotecnia

Se realizan controles para supervisar que se respete la ordenanza que regula la venta y uso de pirotecnia

Solo está permitida la utilización de productos de riesgo bajo y limitado. A los comercios que no cumplan con la normativa vigente se les labrará infracción y decomisará la mercadería.

pirotecnia

La Dirección de Inspección Municipal se encuentra abocada a realizar los controles preventivos para que la ordenanza Nº 2460/17 acerca del uso y venta de pirotecnia se cumpla.
 
Según la normativa en nuestra ciudad únicamente se puede comercializar y utilizar productos pirotécnicos autorizados por RENAR bajo la clasificación A-11 (de bajo riesgo) y B-3 (de riesgo limitado).
 
Además se prohíbe la venta de los mismos a menores de edad y se recuerda que ante la detección de incumplimiento la Dirección de Inspección realizará no solo el decomiso de los productos, sino también el acta de infracción correspondiente.  
 
Datos a tener en cuenta:
 
Sólo podrán comercializar pirotecnia los comercios habilitados que cuenten con autorización del Departamento Ejeutivo. Hasta el momento solo 3 comercios tienen dicha habilitación en la ciudad.

Queda prohibida la venta y uso de:
- Globos Aerostáticos Pirotécnicos y de cualquier otro artificio pirotécnico volador que posea carga de propulsión y otras sustancias que produzcan efectos audibles, lumínicos y/o fumígenos en el aire.
- Petardos Cilíndricos: sean de una y doble mecha, que contengan en su interior 20gms o más de material explosivo, cualquiera sea su denominación en el mercado.
- Artificios Pirotécnicos: constituido por un tubo de cartón u otro material con carga de impulsión secundaria que posean un extremo de base cerrada y otro menor a través del cual se proyectan las materias pirotécnicas por el efecto de la carga de impulsión de 12 o más gramos de material explosivo.
- Morteros de estruendo y bombas: sean recargables o no.
 


 
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